El Gobierno apuesta a nombrar a nuevos jueces de la Corte Suprema por decreto ante la vacancia de tres cargos

A pocas semanas de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación quede con solo tres integrantes, el Gobierno de Javier Milei redobló su apuesta y volvió a plantear la posibilidad de nombrar por decreto a los jueces Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para cubrir las vacantes. En diálogo con CORTA, una fuente cercana al presidente dejó en claro que, si el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, no toma el juramento a los magistrados designados, podría enfrentar un juicio político.

La Incertidumbre del Senado

El Ejecutivo aún no ha logrado el aval de los senadores que faltan en la comisión de Acuerdos de la Cámara Alta para que los pliegos de los designados sean votados en el recinto. Si bien en semanas anteriores el Gobierno había afirmado que no recurriría a la medida, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, reavivó la idea de utilizar el decreto como vía para formalizar los nombramientos.



El Planteo del Gobierno

Aunque el presidente Milei aún no ha dado la orden de proceder con el decreto, las fuentes cercanas al Gobierno son cada vez más firmes en su postura. Aseguran que no sería inconstitucional nombrar a los jueces por decreto, ya que, según la Constitución, el presidente tiene la facultad de designar a los magistrados. «Es más, podríamos nombrar a todos los jueces que queramos y no sería un problema porque así lo dice la Constitución», aseguró una fuente del Ejecutivo a este medio. En este contexto, se mencionó específicamente a Horacio Rosatti, quien como presidente de la Corte tendría la responsabilidad de tomarle el juramento a los nuevos magistrados. Si se negara a hacerlo, según las fuentes, debería enfrentar un juicio político.

La Constitución y la Necesidad del Acuerdo del Senado

El artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional establece que el presidente puede nombrar a los jueces de la Corte Suprema «con acuerdo del Senado» por dos tercios de los miembros presentes. Esta aprobación por parte de la Cámara Alta es fundamental para que los nombramientos sean válidos. De no ser así, según aclaró una fuente del Poder Judicial a CORTA, se abriría una «caja de Pandora» con reclamos judiciales por no respetar la norma. La misma fuente explicó que, si uno de los tres miembros actuales de la Corte tuviera que ausentarse, el tribunal tendría que convocar a conjueces provenientes de otras cámaras federales.

Antecedentes Históricos

El último antecedente de una Corte Suprema funcionando con solo tres miembros data de 2016, cuando el juez Carlos Fayt renunció y dejó vacante uno de los cargos. En ese momento, la Corte estuvo conformada por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, hasta que Mauricio Macri designó a Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti para completar las vacantes restantes. Sin embargo, en ese caso, los nombramientos fueron realizados por decreto, pero finalmente necesitaron el acuerdo del Senado para ser aprobados.

En medio de esta nueva controversia, el Gobierno de Milei parece decidido a continuar con la estrategia de nombramientos por decreto, lo que mantiene en vilo a la política argentina y a los actores judiciales que observan con atención el desenlace de esta disputa institucional.


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