El Gobierno anunció hoy que procederá con la designación de los jueces Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla para la Corte Suprema de Justicia, a pesar de no haber logrado los votos necesarios en el Congreso para confirmar sus nombramientos. Esta decisión, que se tomará por decreto, se da en medio de una situación de vacancia en el máximo tribunal, que actualmente solo cuenta con tres jueces tras el retiro de Carlos Maqueda a los 75 años.

Por qué importa:
El viernes pasado estaba prevista la sesión en el Senado para tratar los pliegos de los dos magistrados, pero el Ejecutivo no alcanzó los dos tercios necesarios para su confirmación, y la sesión fue suspendida. En ese contexto, la Casa Rosada había asegurado a este medio que no tomaría la vía del decreto, pero la urgencia por completar la Corte ante la falta de quorum en el Congreso y la cercanía con el inicio de las sesiones ordinarias llevó al Gobierno a optar por esta vía. Este nombramiento por decreto también responde a un cálculo estratégico: permitir que los jueces Lijo y García-Mansilla ya se encuentren en sus puestos una vez que comience el nuevo período legislativo.
Detalles y contexto:
El decreto con las designaciones se publicará mañana en el Boletín Oficial, una acción que se aprovecha del receso parlamentario, que transcurre entre las sesiones extraordinarias y las ordinarias que comenzarán este sábado con la inauguración del período legislativo por parte del presidente Javier Milei. De esta manera, los jueces podrán ocupar sus cargos antes de que se reanuden las sesiones del Congreso.
Una de las aristas que preocupa al Ejecutivo es que Manuel García-Mansilla había expresado públicamente, durante su presentación ante el Senado en noviembre de 2024, que no habría aceptado un nombramiento por decreto, recordando el impacto que tuvo la designación por decreto de jueces en 2015 durante el mandato de Mauricio Macri. «No hubiera aceptado una nominación en comisión, ya que hay un gran sector de la población que resiste ese tipo de decisiones», comentó García-Mansilla en ese entonces, evidenciando su postura crítica respecto al procedimiento.
La cuestión constitucional:
Según el artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional, el Ejecutivo puede designar a los jueces de la Corte Suprema «con acuerdo del Senado» por los dos tercios de los miembros presentes. La aprobación por parte de la Cámara Alta es fundamental para la validez del nombramiento. Sin embargo, la falta de acuerdo en el Senado en este caso podría generar una serie de reclamos judiciales por no respetar este requisito constitucional.
La última vez que la Corte Suprema estuvo compuesta por solo tres miembros fue en 2016, tras la renuncia de Carlos Fayt. En ese momento, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda asumieron el liderazgo del tribunal. Los jueces Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, designados por el expresidente Mauricio Macri, también enfrentaron complicaciones para formalizar su nombramiento por decreto, lo que requirió finalmente la aprobación del Senado.
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