Monotributistas podrán quedar exentos del pago si cumplen con este requisito

ARCA informa que los contribuyentes del monotributo dedicados al alquiler de inmuebles pueden quedar exentos del pago mensual si cumplen con ciertos requisitos.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado una medida que beneficiará a un grupo de monotributistas. A partir de ahora, los contribuyentes que se dediquen al alquiler de inmuebles podrán quedar exentos del pago mensual del monotributo, siempre que cumplan con ciertos requisitos establecidos en la Resolución 5546/2024.

El objetivo de esta medida es aliviar la carga tributaria de los pequeños contribuyentes y fomentar la formalización de los contratos de alquiler. Para acceder a la exención, los beneficiarios deben:

  1. Estar inscriptos en el Régimen Simplificado (RS) de Monotributo.
  2. Tener un máximo de dos inmuebles en alquiler.
  3. No estar inscriptos en otras actividades dentro del monotributo.
  4. Registrar los contratos de alquiler en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI).

¿Cómo realizar el trámite?

Los contribuyentes que cumplan con las condiciones deberán seguir estos pasos para obtener la exención:

  1. Ingresar a la página web de Monotributo.
  2. Seleccionar la opción «Modificación locador de hasta 2 inmuebles – Beneficio Ley 27737».
  3. Informar el periodo en el cual se les corresponde la exención.
  4. Declarar la actividad correspondiente a «Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia con bienes propios o arrendados» a través del «Sistema Registral» con clave fiscal.
  5. Verificar que los contratos estén registrados en el RELI.

Nuevas categorías para 2025

Las categorías del monotributo también han sufrido modificaciones. Los topes de facturación anual quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Categoría A: $7.813.063,45
  • Categoría B: $11.447.046,44
  • Categoría C: $16.050.091,57
  • Categoría D: $19.926.340,10
  • Categoría E: $23.439.190,34
  • Categoría F: $29.374.695,90
  • Categoría G: $35.128.502,31
  • Categoría H: $53.298.417,30
  • Categoría I: $59.657.887,55
  • Categoría J: $68.318.880,36
  • Categoría K: $82.370.281,28

Para los monotributistas que se encuentren en las distintas categorías, los montos a pagar varían dependiendo de la actividad que desarrollen (servicios o comercio de bienes).

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