A través del Boletín Oficial de hoy, el Gobierno Nacional publicó el Decreto 38/2025, que establece modificaciones significativas en el Derecho de Exportación (D.E.) para diversos productos comprendidos en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.). Esta medida tiene como objetivo principal ajustar las alícuotas aplicadas a las exportaciones, con efectos inmediatos y hasta el 30 de junio de 2025.
Derecho de Exportación al 0%
El Decreto establece que, a partir de la fecha de su promulgación, se fijará en CERO POR CIENTO (0%) la alícuota de Derecho de Exportación para aquellas mercaderías que estén incluidas en las posiciones arancelarias que figuran en el Anexo I del decreto. Esta modificación tiene un impacto directo sobre las exportaciones de ciertos productos que verán reducidos sus costos tributarios.
Excepciones y Condiciones
Por otro lado, el Decreto 38/2025 también introduce condiciones específicas para las mercaderías detalladas en el Anexo II, que tendrán un tratamiento arancelario hasta el 30 de junio de 2025. Para acceder a la alícuota preferencial establecida, los exportadores deberán cumplir con la condición de liquidar al menos el 95% de las divisas generadas por estas exportaciones dentro de un plazo de 15 días hábiles a partir de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). Esta medida incluye cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y operaciones de prefinanciación y postfinanciación externa.
En caso de que no se cumpla con esta condición o el plazo venza, los exportadores deberán tributar la alícuota de Derecho de Exportación correspondiente a la posición arancelaria vigente antes de la entrada en vigor del decreto.
Plazos y Aplicación
El tratamiento arancelario establecido en el artículo 2° del decreto será efectivo para aquellos que presenten las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) o gestionen el permiso de embarque correspondiente desde la entrada en vigencia del decreto hasta el 30 de junio de 2025, inclusive.
Conclusión
Este nuevo decreto busca incentivar las exportaciones y mejorar el flujo de divisas al flexibilizar el tratamiento tributario sobre las mercaderías incluidas en los anexos del decreto. Los exportadores deberán estar atentos a los plazos establecidos y cumplir con los requisitos para acceder a los beneficios previstos. Las modificaciones tendrán un impacto directo en los costos y la competitividad de las exportaciones argentinas en los próximos meses.
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