Reforma laboral: el período de prueba tras la reglamentación

El Gobierno Nacional oficializó la reglamentación de la reforma laboral a través del Decreto 847/2024, publicado este jueves en el Boletín Oficial. Este marco regula aspectos clave del empleo en el país, entre ellos, la negociación de convenios colectivos, la modificación del régimen de indemnizaciones por despido y cambios en los períodos de prueba.

Una de las modificaciones más destacadas es la habilitación de «sistemas de cese» específicos por sector, que sustituyen el régimen general de indemnización por despido. Esta medida tiene como objetivo ajustar las condiciones de finalización laboral según las características de cada industria, en lugar de aplicar un criterio único.

Cambios en el período de prueba y licencias

El decreto introduce cambios significativos respecto al período de prueba para nuevos empleados. Se amplía de tres a seis meses, con la posibilidad de extenderlo hasta ocho meses en empresas que cuenten con entre seis y 100 trabajadores, y hasta un año en aquellas con hasta cinco empleados. Este ajuste busca otorgar mayor flexibilidad a las pequeñas y medianas empresas (pymes) para evaluar la adaptación de sus nuevos trabajadores.

Otro punto clave de la reforma afecta la presunción de la existencia de contratos laborales permanentes. Ahora, si los servicios se prestan bajo el marco de contratos profesionales o de oficios, respaldados por facturación correspondiente, no se aplicará esta presunción automáticamente. Esto implicará que será necesario demostrar una relación de dependencia si se busca regularizar la situación laboral.

Nuevas disposiciones sobre maternidad y trabajo independiente

En el ámbito de las licencias por maternidad, la reforma reduce el período previo al parto, que antes era de 30 días, a un mínimo de 10 días. Este cambio tiene como fin brindar mayor flexibilidad a las trabajadoras en la planificación de su licencia.

Otro de los cambios importantes es la creación de la figura del trabajador independiente, que podrá contratar hasta tres colaboradores también independientes para desarrollar un emprendimiento productivo sin que existan vínculos de dependencia laboral entre ellos. Este sistema no estará limitado a ciertas actividades, y los trabajadores deberán estar inscriptos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), eligiendo entre el régimen de monotributo o autónomos según corresponda.

Justificación de despido en casos de bloqueo

Una adición importante a la ley 27.742 es que la participación en bloqueos, totales o parciales, a empresas que interfieran con el ingreso de personas o bienes será motivo de despido con justa causa. Este cambio busca responder a las crecientes tensiones sindicales y asegurar la continuidad operativa de las empresas frente a conflictos laborales.

La reglamentación de la reforma laboral implementada por el Gobierno tiene como fin modernizar el sistema de contratación y despido, ajustando las condiciones laborales a las necesidades actuales del mercado. Si bien la medida ha sido recibida con opiniones diversas, se espera que estas modificaciones impulsen la creación de empleo formal, especialmente en sectores como las pymes, y brinden mayor flexibilidad tanto a empleadores como a trabajadores.


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