Córdoba, 23 de julio de 2024 – Este lunes se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del Impuesto a las Ganancias, oficializando la restitución de la cuarta categoría del tributo tras su aprobación en el Congreso Nacional. Se estima que cerca de un millón de trabajadores se verán afectados por esta medida.
Detalles del Impuesto:
- Mínimo no imponible: Se mantiene la baja del piso a $1,8 millones para solteros ($1,5 millones netos aproximadamente) y $2,2 millones para personas con dos hijos ($1,95 netos aproximadamente).
- Topes de deducciones: Los descuentos obligatorios (jubilación, obra social y ley 19.032) sobre las remuneraciones tienen topes mensuales. Para junio de 2024, la base imponible tope es de $2.265.033,81.
- Ejemplos de deducciones:
- Soltero: Remuneración Bruta – Remuneración Neta: $1.800.000,00 – $1.494.000,00.
- Soltero con 2 hijos: Remuneración Bruta – Remuneración Neta: $2.094.798,00 – $1.738.682,34.
- Casado con 2 hijos: Remuneración Bruta – Remuneración Neta: $2.366.333,00 – $1.981.277,25.
Estimativas de Ganancias:
La reglamentación también incluye estimaciones de ganancias mensuales para empleados solteros, solteros con dos hijos y casados con dos hijos que solo deduzcan los aportes obligatorios, considerando el tope vigente para junio de 2024. Estas estimaciones pueden servir como referencia para calcular el impuesto a pagar.
Es importante recordar que estas son solo estimaciones y que el impuesto real a pagar puede variar en función de las deducciones específicas de cada caso. Se recomienda consultar con un profesional de la contabilidad o un asesor fiscal para obtener un cálculo preciso.
Recursos adicionales:
- AFIP – Impuesto a las Ganancias: https://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/ganancias/
- Mi AFIP – Calculadora de Ganancias: https://www.afip.gob.ar/
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